La Oficina de Gestión Urbanística ha sido de reciente creación,
ésta ha sido fruto de una carencia técnica cualificada que los
Ayuntamientos de la Mancomunidad necesitaban cubrir eficaz y eficientemente,
así para ofrecer un servicio mas completo a los ciudadanos se contrató
los servicios de un Arquitecto y de dos Arquitectos Técnicos. Éstos
vienen desarrollando su labor desde enero de 2005.
Funciones atribuidas al Arquitecto:
- Desempeñar la dirección de la Oficina de gestión urbanística
y de su equipo técnico.
- Asesoramiento y propuestas de iniciativas respecto a las distintas actuaciones
urbanísticas,
- Redacción de documentos necesarios en materia urbanística para
los Ayuntamientos integrantes en la Mancomunidad,
- Vigilancia y control de la actividad edificatoria en materia urbanística,
- Coordinación con las diferentes Consejerías de la Junta de Extremadura
y con la Excma. Diputación Provincial de Badajoz.
- Coordinación con los Colegios Profesionales correspondientes,
- Coordinación con los diferentes Ayuntamientos que integran la Mancomunidad,
- Otras actividades propias de su profesión y que requieran el buen funcionamiento
de la oficina técnica.
- Supervisión y Asesoramiento a los Arquitectos Técnicos, en referencia
a:
. Informes para la concesión de Cédulas de Habitabilidad,
. Informes para la concesión de Licencias de Primera Ocupación,
. Informe, Valoración y Supervisión de Obras Menores,
. Supervisión de las Obras, al objeto de comprobar el cumplimiento de
las Licencias,
. Informes y Comprobación de alineaciones oficiales,
. Información y Comprobación de Dotación de Servicios Urbanísticos,
. Y aquellas otras atribuciones propias de los Arquitectos Técnicos que
las disposiciones legales establezcan.
Funciones atribuidas a los Arquitectos Técnicos:
a) Informe para la concesión de Cédulas de Habitabilidad,
b) Informes para la concesión de Licencias de Primera Ocupación,
c) Informe, Valoración y Supervisión de Obras Menores,
d) Supervisión de las Obras, al objeto de comprobar el cumplimiento de
las Licencias,
e) Informes y Comprobación de alineaciones oficiales,
f) Información y Comprobación de Dotación de Servicios
Urbanísticos,
g) Y aquellas otras atribuciones propias de los Arquitectos Técnicos
que las disposiciones legales establezcan.