El fenómeno asociativo municipal merece una especial reflexión en nuestra comarca, ya que en la etapa de los ayuntamientos democráticos ha tenido un crecimiento exponencial. La Mancomunidad de Servicios "CIJARA", nace como consecuencia de un sentir de aproximar la administración al ciudadano materializándolo. Por ello, el modelo alternativo de prestación de servicios públicos de carácter supramunicipal, como son las mancomunidades para la prestación de unos adecuados servicios públicos y de calidad, reconocen y defienden el concepto de "estado de bienestar". En el proceso globalizador que se impone en nuestra sociedad las reglas y conductas del mercado invaden nuestro sistema, así se produce un efecto en el que las diferencias aumentan, es en este proceso en el que las diferencias entre personas aumentan es la administración local, administración mas cercana al ciudadano, quien juega un papel fundamental ya que es la que recibirá mayores demandas con el objeto de mantener el nivel de bienestar existente. Otro elemento que condiciona la conducta asociativa de los municipios del Cijara es el nivel de fragmentación territorial, con una densidad de población menor, busca esta conducta objetivos de eficiencia y eficacia en la prestación de servicios públicos y a su vez llega a articular elementos esenciales en el desarrollo territorial, como es la solidaridad.
El marco normativo de las mancomunidades de municipios se encuentra en el artículo 141.3 de la Constitución, en el que establece que "se podrán crear agrupaciones de municipios diferentes de la provincia". El art. 149.1.18ª de la Constitución, determina como competencia exclusiva del Estado las bases del régimen jurídico de las administraciones publicas, lo que motiva que el Estado dicte la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. El Art. 44 de la LBRL regula la legislación básica de mancomunidades de municipios en su apartado 1 se reconoce a los municipios el derecho de asociarse con otros en mancomunidades para la ejecución en común de obras y servicios determinados de su competencia. Las comunidades autónomas podrán regular el procedimiento de aprobación de los estatutos de las mancomunidades, teniendo siempre consideración que la elaboración de los mismos corresponde a los concejales de los ayuntamientos, las diputaciones provinciales interesadas emitirán informe y deberán aprobarse los mencionados estatutos por los plenos de los ayuntamientos.
En el noviembre de 1.996, los concejales de los Ayuntamientos Promotores de HERRERA DEL DUQUE, FUENLABRADA DE LOS MONTES, VALDECABALLEROS, CASTILBLANCO, HELECHOSA DE LOS MONTES Y VILLARTA DE LOS MONTES, elaboraron el Estatuto de la Mancomunidad de Servicios "CIJARA" constituidos en Asamblea. Una vez designados por parte de los Ayuntamientos fundadores los representantes en la Mancomunidad, la Dirección General de Administración Local e Interior asignó con el Registro número 67 los Estatutos de la Mancomunidad de Servicios "CIJARA", y el Ministerio de Administraciones Públicas inscribió a la Mancomunidad con fecha 3 de marzo de 1997, con número e registro 0506038.
A priori la Mancomunidad de Servicios "CIJARA", surgió estatutariamente para explotar el servicio de Recogida de Residuos Sólidos Urbanos, sin limitar las posibilidades de ampliar la gestión de servicios de otra naturaleza, como a lo largo de estos años se ha observado.
Hoy por hoy la Mancomunidad ha ido creciendo y evolucionando, siguiendo con el principio básico del "estado de bienestar", la Mancomunidad presta servicios gestionados indirectamente como son la Recogida de Residuos Sólidos Urbanos, Recogida de Muebles y Enseres, Recogida de Pilas, Recogida de Neumáticos fuera de uso, Servicio de Podología, y Acondicionamiento de Caminos Públicos Rurales; destacar que los servicios prestados con personal propio de la Mancomunidad son de diversa índole, y cuenta con el apoyo personal de 18 personas que realizan funciones encuadradas en las áreas de los Servicios Sociales de Base, del Técnico en Drogodependencias, de los Trabajadores Sociales del Programa de Familia, de los Servicios Técnicos de Urbanismo y de las 9 Agentes Turísticos. La Mancomunidad se gestiona a través del Secretario de la Mancomunidad, asignado como el propio estatuto índica en su Art. 21.2 , que cuenta con la colaboración de un administrativo para la gestión de todos y cada uno que los servicios de la Mancomunidad de Servicios "CIJARA" presta.
La dispersión territorial existente en la Mancomunidad de Servicios "CIJARA" es de 0.12 habtantes/Km2. Existe una población de 9.668 personas, según censo de 2004 del INE, englobadas en los municipios de Herrera del Duque, Fuenlabrada de los Montes, Valdecaballeros, Castilblanco, Helechosa de los Montes y Villarta de los Montes. La superficie total de la misma es de 1.190,3 Km2. La cuenca hidrográfica que riega el término de actuación de la Mancomunidad es de 2.059,33 Hm3
La finalidad de la Mancomunidad es de trabajar con la premisa de COMARCALISMO superando los localismos, actuando de forma solidaria en todos y cada uno de los municipios que la integran.